ARS44x872-519x1024CLUB DE REGLAMENTACIÓN CONSTITUCIÓN A.R.S.

1. La costituzione di un Círculo A.R.S. presuppone la volontà di un certo numero di aderenti all’ Asociación, mínimo 5 OM, que tienen sus propios intereses en la misma área geográfica, para formar un Círculo, como un momento de unión entre los miembros A.R.S. que tienen, dentro de la radioafición en un sentido general, objetivos e intereses comunes. Este aclarado y circunstancias, no A.R.S miembro. puede ser obligado a afiliarse a un círculo, Reconociendo la’ A.R.S. también el derecho de sus miembros a su asociativo individualidad completa. Los clubes están obligados a informar a la secretaría nacional de cualquier cambio en los accionistas que transmiten nueva lista de miembros

2. El establecimiento de un círculo presupone, dado como necesario, que aquellos son los mismos Circle son prioridad indispensablemente y miembros de los miembros de la Asociación y reconocido. No está permitido abrir clubes sin mostrar claramente el número de miembros de cada miembro de la Asociación Nacional o que su registro está sujeto a la apertura del Círculo.

3. El árbitro se hará constar en el anuncio de la constitución del Círculo. Estos, su constitución, Los miembros del club no encontraron un acuerdo sobre, el Coordinador es nombrado por el C.E.N.. Successivamente i membri aderenti al circolo debbono comunque procedere ad eleggere al loro interno un referente che resterà in carica, a no ser que la desconfianza justificada, hasta la expiración del mandato, que tiene una duración de tres años a partir de su elección. El mismo actuará como enlace entre el club y la estructura del Ejecutivo para todas aquellas tareas que puedan surgir en el transcurso de la misma Circolo.

4. El Coordinador del Círculo no puede asumir compromisos y / o bonos que se dedican a la estructura nacional sin el permiso por escrito del Presidente después de la ratificación del CEN.

5. El club puede no tener personalidad jurídica o de representación exterior y, para esto, no tiene la obligación reglamentaria a la administración pública, tiene el deber de informar a C.E.N. sobre las actividades y / o tareas y sobre todos los ingresos, sin embargo, que se obtiene, no tienen derecho a la expedición del Código Tributario en su nombre.

6. El Círculo, únicamente con el propósito de la organización podrán establecer normas de procedimiento de conformidad con el Estatuto y el Reglamento, que debe ser aprobado por C.E.N, en el que se indicará, tra el altro, la capacidad de elegir o ser confiado con las tareas de organización interna, Los miembros que pertenecen a la estructura, tales como el cajero, la QSL servicio responsable, etc., y cualquier otro puesto dentro que se consideren necesarios para la organización y el buen funcionamiento y desarrollo del Círculo, sin que las asignaciones anteriores son de valor externo o representación hacia el exterior y / o hacia la estructura nacional. La persona de contacto puede representar los A.R.S. a los organismos públicos y privados después de la adecuada delegación del Presidente oído el Comité Ejecutivo Nacional.

7. El miembro puede libremente, notificación de rutina por escrito dirigida a la Secretaría Nacional y el Jefe del Círculo de pertenencia y destino, variar su membresía en el club a los que se acoja, en tránsito a otro club o el abandono de la inscripción al propio Club, sin unirse a otro club y sin necesidad de aprobación o denegación por parte del círculo de origen que el socio tiene la intención de abandonar. La solicitud de afiliación a otro club debe ser aprobado por el Círculo de destino por el voto de los accionistas con documento formal periódica remitida al CEN. que tomará nota. Eventuali spostamenti vanno comunicati alla Segreteria Nazionale A.R.S.

8. En caso de ingesta, da parte dei Circoli regolarmente costituiti, de sumas de dinero u otros beneficios, Sin embargo donados o cedidos, por organismos públicos, di privati e/o di Associazioni, il Circolo verserà il 30% alla struttura Nazionale che provvederà ad emanare, eventualmente, regular ticket fiscal.

9. El Círculo, debidamente constituida y aprobada por C.E.N. es independiente. Fa riferimento alla politica dell’ Associazione Nazionale e ne attua tutte le indicazioni emanate anche a mezzo del Coordinatore Nazionale o dei Coordinatori d’ Area.

10. En relación con lo que se refiere a la conducta de los círculos y las dificultades que puedan surgir en la realización de la misma, el Coordinador del Círculo en cuestión, tiene que dar aviso al Presidente a través de la Secretaría Nacional de la que, dirimerà los / las situaciones manifestadas por garantizar la resolución, a través de la mediación de un delegado nombrado.

11. I Circoli eseguono le indicazioni emanate dagli Organi Nazionali dell’ Associazione anche in merito alla eventuale presenza a manifestazioni di settore e/o nei riguardi di enti pubblici o privati.